Es habitual encontrarse comunidades de vecinos donde las opiniones acerca de la instalación de un ascensor son muy distantes. Aunque es cierto que la nueva ley dice que siempre que haya una persona discapacitada en el bloque es obligatorio disponer de un ascensor, también lo es que, en las comunidades en las que no hay nadie con movilidad reducida, la discusión sigue abierta.
Fruto de esta nueva legislación, muchas comunidades tienen que hacer frente al gasto de un elevador a pesar de que gran parte de sus miembros no estén de acuerdo, ya que la simple existencia de una persona mayor de 70 años o con discapacidad, que pida el ascensor, es suficiente motivo para que sea obligatorio instalarlo. Por eso, existen ayudas públicas que facilitan la financiación de dicho elevador. Pero estas subvenciones no solo existen para las comunidades, sino que edificios destinados a vivienda permanente y viviendas unifamiliares también pueden verse beneficiados.
Cada Comunidad Autónoma tiene sus propias ayudas, por eso, es difícil hablar de casos generales, ya que dependiendo en la zona en la que estemos vamos a tener unas condiciones diferentes.
Ayudas para la instalación de un ascensor en cada Comunidad Autónoma
Si te estás preguntando cuáles son los organismos que ofrecen subvenciones para ascensores, la respuesta es que son varias las instituciones que ofrecen este servicio. Los Ayuntamientos y Comunidades de cada punto de España tienen unas particularidades, por lo que lo más conveniente es que te informes bien de qué condiciones ofrecen las subvenciones en tu Comunidad. En cualquier caso, como es lógico, son varios los requisitos comunes, como por ejemplo que solo pueden solicitar estas ayudas propietarios que lleven viviendo en el bloque más de 25 años.
Por otra parte, es importante recordar que estas subvenciones solo pueden solicitarlas:
- El presidente de la comunidad de propietarios.
- El administrador del edificio.
- El arquitecto o una empresa especializada.